[Aquest text forma
part del segon i tercer apartats i de la reflexió
final del discurs del lehendakari Juan José Ibarretxe
presentat al Parlament basc el 26 de setembre de 2003]
Apartado II. El
cumplimiento de un compromiso. El desarrollo de las
bases de un nuevo Estatuto de Libre Asociación
con el Estado español
Fruto del proceso de debate y de las
aportaciones recibidas, el Gobierno, en el ejercicio
de nuestra competencia y responsabilidad, ha realizado
un esfuerzo de consenso interno que nos ha permitido
dar respuesta al compromiso que asumimos ante la sociedad
en septiembre del pasado año. A este respecto,
voy a trasladarles, en nombre del Gobierno, la Propuesta
de un nuevo Pacto Político con el Estado, en
desarrollo de las 10 bases que adelanté en esta
Cámara en el pasado Debate de Política
General.
En todo caso, deseo anunciarles que
todos los aspectos y contenidos que, de forma nítida
y clara, se recogen en esta propuesta, se plasmarán
posteriormente en un texto articulado de un nuevo Estatuto
Político Vasco, que será aprobado en el
seno del Consejo de Gobierno el próximo 25 de
octubre como proyecto de Ley de reforma del Estatuto
actualmente vigente, y posteriormente será depositado
en esta Cámara para su conocimiento, estudio,
debate y votación.
Antes de comenzar a desgranar los contenidos
de la Propuesta de nuevo Pacto Político para
la Convivencia, permítanme puntualizar una serie
de consideraciones que enmarcan esta Propuesta:
Primera Consideración:
El Gobierno Vasco ostenta toda la
legitimidad jurídica para presentar ante esta
Cámara una propuesta de reforma y modificación
del Estatuto aprobado en 1979.
Y lo hace, de conformidad con las propias
previsiones estatutarias recogidas en su artículo
46, que atribuyen al Gobierno Vasco, al Parlamento Vasco
o a las Cortes Generales del Estado, la iniciativa de
reforma estatutaria.
De la misma forma que el Gobierno Vasco
no niega la capacidad de ejercer este derecho a las
otras dos instituciones legitimadas para ello, exigimos
que, en correspondencia, se nos respete y reconozca
nuestra legitimidad jurídica para ejercer esta
iniciativa.
Segunda Consideración:
El Gobierno Vasco tiene toda la legitimidad
política y social para realizar esta Propuesta.
Este Gobierno, integrado por tres partidos
de sensibilidades distintas, como son el PNV, EA e Izquierda
Unida, es depositario de la legitimidad democrática
e institucional, que le otorga el hecho de ser un Gobierno
apoyado por 684.000 votos, lo que supone el 47,7% del
censo total de votos emitidos. Como dato comparativo,
el actual Gobierno de España, que tiene mayoría
absoluta, dispone del apoyo de un 44,2% de los votantes.
La Propuesta, en definitiva, tiene toda
la legitimidad social, porque responde a la exigencia
de cambio de una amplia mayoría de la sociedad
vasca, sobre la base del respeto mutuo y de la libertad
para decidir nuestro propio futuro.
Tercera Consideración:
La Propuesta es un compromiso del
Gobierno y del Lehendakari con la sociedad vasca.
Esta Propuesta no es, por tanto, ningún
invento o el "sueño de una noche de verano",
sino un compromiso asumido ante los ciudadanos y ciudadanas
vascas y recogido en nuestro Acuerdo de Gobierno, y
es, también, un compromiso institucional que
da respuesta al mandato parlamentario aprobado el pasado
12 de julio de 2002, en el Pleno de esta Cámara.
Cuarta Consideración:
La Propuesta no se plantea en términos
de ruptura, sino de convivencia.
No se presenta, por tanto, para romper
sino para convivir juntos, respetándonos. Proponemos
una relación amable de Euskadi con el Estado
español que responde a una interpretación
abierta y flexible de la Constitución, al amparo
de su disposición adicional primera y de su disposición
derogatoria segunda, y de conformidad con lo previsto
en la disposición adicional del Estatuto de Gernika.
Nuestro planteamiento es un nuevo modelo
político de relación basado en la voluntad
democrática de la sociedad vasca y en el respeto
y actualización de los derechos históricos
del Pueblo Vasco, recogidos en el Estatuto y en la Constitución.
No hay dificultades jurídicas
que no puedan superarse si existe voluntad política.
No es cierto que los textos legales impidan alcanzar
un nuevo Pacto político. No nos escudemos en
barreras jurídicas. La voluntad mayoritaria de
la sociedad vasca puede y debe ser incorporada al ordenamiento
jurídico. Las normas deben responder a la voluntad
democrática de la ciudadanía y de los
pueblos, porque el derecho es un instrumento al servicio
de las sociedades para mejorar la convivencia.
Quinta Consideración:
Es una Propuesta abierta al debate
y a las aportaciones.
La Propuesta presentada, no es el proyecto
político del PNV ni es el proyecto de Eusko Alkartasuna,
ni el de Izquierda Unida, ni sustituye sus estatutos,
es la propuesta institucional del Gobierno Vasco, con
toda la importancia que esto significa y, por tanto,
no agota el debate político ni el debate social.
Es una parte importante de la solución, pero
no es toda la solución. Todos los partidos políticos
con representación parlamentaria, incluídos
los partidos que forman parte de este Gobierno, están
legitimados para plantear sus propias consideraciones
y aportaciones a lo largo del debate parlamentario.
La Propuesta es una base de partida presentada por el
Gobierno y todo su contenido, desde la primera coma
hasta la última, es susceptible de ser corregido,
si estas modificaciones aglutinan un consenso mayor
que el inicialmente presentado.
Sexta Consideración:
Es una Propuesta democrática.
El carácter democrático
preside todo el proceso y el resultado final del mismo.
En democracia, cualquier proyecto puede
ser presentado y defendido de forma pacífica
y democrática, porque al final será la
sociedad vasca, todos y cada uno de los ciudadanos y
ciudadanas vascas, los que, con nuestro voto personal
e intransferible, podremos ratificar, en último
término, el modelo de relación y de convivencia
que deseamos, tanto internamente como con el Estado
español.
Séptima Consideración:
Es una Propuesta moderna para relacionar
a Euskadi con el Estado, con Europa y con el mundo.
La normativa europea en ningún
caso impide o prohíbe un modelo de relación
interno entre Euskadi y el Estado español basado
en la libre asociación y en la soberanía
compartida. Tampoco impide, sino que alienta e impulsa,
las relaciones de cooperación transfronteriza
entre regiones y territorios, con lazos culturales,
históricos o económicos comunes, pertenecientes
a diferentes Estados.
No utilicemos, por tanto, como subterfugio
a Europa.
La presencia normalizada de las entidades
subestatales y de las nacionalidades y regiones en los
distintos órganos y procesos de decisión
de la Unión Europea están contemplados
expresamente en la normativa comunitaria y están
siendo aplicados con toda naturalidad por muchos estados
miembros.
Octava Consideración:
Es una Propuesta que nada niega,
ni a nada obliga, a otras naciones y regiones ubicadas
en el Estado español.
La propuesta no prejuzga ni condiciona
el desarrollo del actual modelo del Estado español.
Es una Propuesta compatible con el desarrollo
futuro de un Estado compuesto, plurinacional y asimétrico,
y no nos corresponde prejuzgar el desarrollo del modelo
de Estado ni la tendencia que legítimamente le
quieran imprimir otros Pueblos. No planteamos esta Propuesta
para obligar a los demás a seguir nuestro camino,
ni para impedirles que sigan el suyo. La hacemos porque
deseamos encontrar una fórmula de convivencia
que nos permita dar respuesta a la voluntad de la sociedad
vasca y garantizar el respeto a nuestra identidad nacional
en el seno del Estado español.
Novena Consideración:
Es una Propuesta respetuosa con la
voluntad de Navarra e Iparralde. La Propuesta que
presentamos compromete, única y exclusivamente,
a la Comunidad de Euskadi, integrada por los Territorios
de Araba, Bizkaia y Guipúzcoa, en un nuevo Pacto
Político de relación en el Estado español.
Desde esta perspectiva, en la propuesta se manifiesta
claramente el respeto a los ciudadanos y ciudadanas
de los territorios de Iparralde y a los de la Comunidad
Foral de Navarra, para decidir libremente el marco de
relaciones internas y externas que desean tener. Propuesta,
sin duda, más respetuosa con las decisiones democráticas
de cada cual que la previsión de "incorporación"
que hace la Constitución española.
Décima y última Consideración:
La Propuesta respeta el derecho que
le asiste al Pueblo Vasco para decidir libre y democráticamente
su propio futuro.
El derecho de los pueblos a decidir
su propio futuro es uno de los fundamentos básicos
de la convivencia y de la democracia, y está
recogido expresamente, entre otros convenios internacionales,
en la Declaración Universal de los Derechos Humanos,
en la Carta Constitutiva de la Organización de
las Naciones Unidas y en el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, así
como en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, ratificados por el Reino de España.
En el ámbito de Euskadi, este
derecho fue, además, proclamado institucionalmente
por la mayoría absoluta del Parlamento Vasco,
el 15 de febrero de 1990.
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En base a estas consideraciones, a continuación
voy a formular el contenido del nuevo Pacto Político
para la Convivencia.
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1.- Preámbulo
El nuevo Estatuto Político de
la Comunidad de Euskadi contendrá un Preámbulo
en el que se recogen tres pilares y una Declaración
Política.
Los Pilares del Nuevo Pacto:
Primer Pilar:
La existencia del Pueblo Vasco o
Euskal Herria como un Pueblo con identidad propia en
el conjunto de los pueblos de Europa, depositario de
un patrimonio histórico, social y cultural singular,
que se asienta geográficamente en siete Territorios
actualmente articulados en tres ámbitos jurídico-políticos
diferentes y ubicados en dos estados.
Segundo Pilar:
El Pueblo Vasco tiene derecho a decidir
su propio futuro, tal y como el Parlamento Vasco aprobó
por mayoría absoluta el 15 de febrero de 1990,
y de conformidad con el derecho de autodeterminación
de los pueblos, reconocido internacionalmente, entre
otros, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos y en el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales.
Tercer Pilar:
El ejercicio del derecho a decidir
su propio futuro que le corresponde al Pueblo Vasco,
se materializa desde el respeto al derecho que tienen
los ciudadanos y ciudadanas de los diferentes ámbitos
jurídico-políticos en los que actualmente
se articula, a ser consultados para decidir su propio
futuro. Esto es, respetando la decisión de los
ciudadanos y ciudadanas de la actual Comunidad Autónoma
Vasca, la decisión de los ciudadanos y ciudadanas
de la Comunidad Foral de Navarra, así como las
decisiones de los ciudadanos y ciudadanas de los Territorios
vascos de Iparralde.
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Declaración Política:
De conformidad con estos tres pilares
y como parte integrante del Pueblo Vasco, los ciudadanos
y ciudadanas de la actual Comunidad Autónoma
de Euskadi, integrada por los Territorios de Araba,
Bizkaia y Gipuzkoa, en el ejercicio de nuestra voluntad
democrática y en virtud del respeto y actualización
de nuestros derechos históricos recogidos en
el Estatuto de Gernika y en la Constitución española,
manifestamos nuestra voluntad de formalizar un nuevo
Pacto Político para la Convivencia.
Este Pacto Político se materializa
en la propuesta de un nuevo modelo político de
relación con el Estado español basado
en la libre asociación y compatible con las posibilidades
de desarrollo de un estado compuesto plurinacional y
asimétrico.
2.- Desarrollo articulado de las
Bases del nuevo Pacto:
El reconocimiento jurídico
de nuestra identidad nacional, el derecho a decidir
nuestro propio futuro y la defensa de los derechos y
deberes fundamentales de la ciudadanía vasca
(Base 1ª).
El Pueblo Vasco existe como Pueblo,
con una identidad propia, desde los albores de la historia.
Por todo ello, y como integrantes del Pueblo Vasco,
los ciudadanos y ciudadanas de los Territorios de Araba,
Bizkaia y Guipúzcoa, que conformamos la actual
Comunidad de Euskadi, reivindicamos el derecho a decidir
nuestro propio futuro.
Este es un derecho democrático
irrenunciable, porque quien nos niega la capacidad de
decidir tendrá que negarnos, primero, nuestra
identidad como Pueblo, y después, una vez superada
la evidencia, tendrá que seguir negando la democracia
para seguir negándonos el derecho a decidir nuestro
propio futuro.
En consecuencia, el desarrollo de esta
base supone incorporar el reconocimiento oficial de
la nacionalidad vasca, así como el derecho de
los ciudadanos y ciudadanas vascas a decidir su propio
futuro. Asimismo, en esta base se desarrolla el compromiso
de las Instituciones vascas para velar, defender y garantizar
el ejercicio de los derechos y de las libertades fundamentales
de todos y cada uno de los ciudadanos y ciudadanas vascas,
especialmente los más directamente vinculados
con los derechos humanos, la participación de
la sociedad civil y el derecho al buen gobierno y a
una administración eficaz.
A tal efecto, en la regulación
articulada de la propuesta se contemplan, entre otros,
los siguientes aspectos y contenidos:
Articulación del ejercicio
democrático del derecho a decidir:
Como instrumento esencial para ejercer
el derecho a decidir de la ciudadanía vasca,
se atribuye al Parlamento Vasco la capacidad de regular
y gestionar la realización de consultas democráticas
por vía de referéndum.
Evidentemente, la capacidad de realización
de consultas democráticas no constituye un elemento
esencial de la estructura del Estado. Por lo tanto,
el ejercicio de nuestro derecho a decidir es coherente
con la disposición adicional primera de la Constitución
y con la voluntad democrática de autogobierno
de la sociedad vasca.
De conformidad con la sentencia del
Tribunal Supremo de Canadá, que interpreta el
derecho internacional vigente, se incorpora el compromiso
de no ejercer unilateralmente el derecho de autodeterminación
y el reconocimiento explícito de la obligación
de abrir un proceso de negociación y pacto con
el Estado.
En este sentido, cuando las consultas
planteen alterar, íntegra o sustancialmente,
el modelo y régimen de relación política
con el Estado español, así como las relaciones
con el ámbito europeo e internacional que se
regulan en el nuevo Estatuto, y los ciudadanos y ciudadanas
vascas, en el ejercicio democrático de su libre
decisión, manifestaran su voluntad clara e inequívoca
al respecto, las Instituciones vascas y las del Estado
se entenderán comprometidas a garantizar un proceso
de negociación para establecer las nuevas condiciones
políticas que permitan materializar, de común
acuerdo, la voluntad democrática de la sociedad
vasca.
Reconocimiento de la ciudadanía
vasca
Se reconoce formalmente la condición
de ciudadanía vasca a todas las personas que
tengan vecindad administrativa en alguno de los municipios
de la Comunidad de Euskadi. De esta forma, todos los
ciudadanos y ciudadanas vascas gozarán de los
mismos derechos y deberes sin ningún tipo de
discriminación. A estos efectos, los poderes
públicos vascos velarán por el ejercicio
y la defensa de los derechos fundamentales de la ciudadanía
vasca en el ámbito de la Comunidad de Euskadi.
Asimismo, se atribuye al Parlamento
Vasco el desarrollo constitucional de los derechos fundamentales
relacionados con la participación y representatividad
de la ciudadanía vasca en la vida política,
económica y social de la Comunidad de Euskadi,
regulando a tal efecto, la creación y reconocimiento
de partidos políticos, organismos sindicales
y asociaciones empresariales.
Reconocimiento de la nacionalidad
vasca
Pretendemos evitar falsas acusaciones
demagógicas en relación con la existencia
y el reconocimiento de una nacionalidad vasca, de conformidad
con la plurinacionalidad del Estado español.
En este sentido, se establece oficialmente el reconocimiento
de la nacionalidad vasca para todos los ciudadanos y
ciudadanas vascas, con la misma validez que la nacionalidad
española. Nadie podrá ser discriminado
en razón de su nacionalidad ni privado arbitrariamente
de la misma.
La Ley del Parlamento Vasco que regule
la nacionalidad vasca, atenderá a los mismos
requisitos exigidos por el Estado para la adquisición,
pérdida o acreditación de la nacionalidad
española. La nacionalidad vasca será totalmente
compatible con la nacionalidad española, de tal
forma que no resulte preciso renunciar a la nacionalidad
española para disfrutar de la nacionalidad vasca
y viceversa.
Derechos Humanos y Libertades
El nuevo Estatuto Político establece,
con carácter prioritario, la defensa y protección
de los derechos humanos y de las libertades. A tal efecto,
el Parlamento Vasco recogerá, de forma específica,
un capítulo referido a la defensa y protección
de los derechos humanos y de las libertades, en el marco
de la aprobación de una Carta de Derechos y Deberes
Civiles y Políticos de la ciudadanía vasca,
que incluirá los derechos y deberes contemplados
en la Constitución y en los Tratados de la Unión
Europea, así como los contemplados en los Tratados
Internacionales de los Derechos Humanos.
Asimismo, una Ley de Desarrollo del
Parlamento regulará la creación de un
Observatorio de Derechos Humanos y Libertades como instrumento
independiente para velar por la defensa de los derechos
humanos de todas las personas, sin distinción.
Participación de la sociedad
civil
Entre los derechos de la ciudadanía
vasca, se articula en el nuevo Estatuto Político
la participación de la sociedad civil no sólo
en el ámbito socioeconómico, sino también
en el resto de áreas sociales, culturales y educativas
que conforman la acción política de las
Instituciones vascas. Asimismo, se regularán
los elementos esenciales de la iniciativa legislativa
popular ante el Parlamento Vasco.
Derecho al Buen Gobierno y a la Buena
Administración
Se contempla, asimismo, un apartado
específico en el que todos los ciudadanos y ciudadanas
vascas tendrán reconocido y garantizado el funcionamiento
transparente de la Administración, el derecho
a la información y la obligación de garantizar
la eficiencia y la eficacia en la gestión de
los servicios públicos.
Libertad de relaciones con la
Comunidad Foral de Navarra y con los Territorios Vascos
de Iparralde (Bases 2 y 3).
El desarrollo de estas bases se sustenta
en el derecho que les asiste a los ciudadanos y ciudadanas
de la Comunidad Vasca, a los de la Comunidad Foral de
Navarra y a los de Iparralde, como integrantes del Pueblo
Vasco, para establecer los vínculos políticos
y las relaciones internas que consideren más
adecuadas para su desarrollo y bienestar, sin más
limitación que su propia voluntad.
Desde el punto de vista democrático,
¿qué razones se pueden argumentar para
impedir, dificultar o prohibir que los ciudadanos y
ciudadanas de la Comunidad Vasca, de la Comunidad Foral
de Navarra y de Iparralde puedan estrechar sus relaciones
políticas, económicas, sociales y culturales
si así lo desean? ¿A quién hacemos
daño? Desde esta premisa de respeto a las decisiones
democráticas de cada cual, planteamos algo muy
sencillo:
Primero: Que la Comunidad Vasca
y la Comunidad Foral de Navarra puedan establecer los
vínculos políticos y las relaciones internas
a nivel municipal y territorial que consideren más
adecuadas, sin más limitación que la propia
voluntad de la ciudadanía respectiva de ambas
Comunidades.
Segundo: Que, en consecuencia,
el Estado no ponga trabas legales a la voluntad democrática
y respete la celebración de Convenios y Acuerdos
de Cooperación entre ambas Comunidades.
Tercero: Si bien el actual Estatuto
de Gernika y la Constitución española
contemplan la posibilidad de que Navarra, si así
lo desea, se incorpore a la Comunidad Autónoma
Vasca, quiero anunciarles que nuestro propósito
es mejorar estas previsiones en términos de respeto
a la voluntad de las partes. Así, manifestamos
que nadie tendrá que incorporarse al proyecto
político de nadie. En consecuencia, si alguna
vez los ciudadanos y ciudadanas de la Comunidad Vasca
y los de la Comunidad Foral de Navarra, decidimos libre
y democráticamente en el futuro, construir proyectos
políticos o estructuras políticas conjuntas,
las que sean, de la naturaleza e intensidad que sean,
será, única y exclusivamente, porque así
lo habremos decidido, primero, cada uno en su casa y
después, todos juntos.
Cuarto: En cuanto a las relaciones
con Iparralde en el nuevo Estatuto Político,
se plantea la capacidad de firmar tratados y acuerdos
bilaterales que permitan estrechar las relaciones y
los instrumentos de cooperación, a nivel municipal
y territorial, utilizando las potencialidades de la
cooperación transfronteriza, que tan profusamente
se están aplicando a lo largo y ancho de toda
Europa.
La configuración de un
Poder Judicial Vasco Autónomo (Base 4ª).
En el desarrollo de esta base se plantea
la articulación de un poder judicial autónomo
que complete, junto con el Poder Ejecutivo y el Poder
Legislativo, los poderes del autogobierno vasco.
Deseamos que nuestra singularidad política
se vea plasmada también de una manera sensata
y racional en un Poder Judicial autónomo. Para
que los vascos y las vascas podamos decidir cómo
queremos organizar y gestionar mejor la administración
de Justicia; para que los jueces y magistrados vascos
tengan sus propios órganos de gobierno, y para
que la sociedad vasca tenga, en definitiva, una relación
más natural con la Justicia.
La regulación de un Poder Judicial
autónomo, supone reconocer al Tribunal Superior
de Justicia de Euskadi, como la cúspide de la
organización judicial vasca, reservándose
al Tribunal Supremo las atribuciones referentes a la
unificación de doctrina y al conocimiento de
los conflictos de competencias y jurisdiccionales. Esta
reserva de atribuciones al Tribunal Supremo, junto con
la garantía de aplicación de las mismas
reglas procesales y derechos fundamentales que en el
conjunto del Estado, aseguran, sin duda, el respeto
escrupuloso a la unidad e independencia jurisdiccional,
arbitrándose, además, un marco de coordinación
con el ámbito estatal y europeo.
Sobre la base de estas consideraciones,
la regulación articulada de la propuesta contempla,
entre otros, los siguientes aspectos: - La organización
judicial vasca culmina en el Tribunal Superior de Justicia
de Euskadi, ante el que se agotarán las sucesivas
instancias procesales.
- La competencia de los órganos
jurisdiccionales en la Comunidad de Euskadi se extiende
a todos los órdenes, instancias y grados, independientemente
del derecho aplicado, y sin exclusiones, es decir, incluidas
las competencias que actualmente ostenta la Audiencia
Nacional.
- Al Tribunal Supremo le corresponderá
la unificación de doctrina y el conocimiento
de los conflictos de competencias y jurisdiccionales.
Asimismo, se reconoce la jurisdicción
que, en amparo y protección de los derechos fundamentales,
corresponde al Tribunal Constitucional y al Tribunal
Europeo de Derechos Humanos.
- Se constituirá un Consejo Judicial
Vasco como órgano de gobierno del Poder Judicial
en la Comunidad de Euskadi, que ejercerá sus
funciones y competencias en colaboración con
el Consejo General del Poder Judicial del Estado.
- El Consejo Judicial Vasco designará
al Presidente del Tribunal Superior de Justicia, a los
Presidentes de Sala, Audiencias y Decanos, y le corresponderá
el desarrollo y aplicación de los criterios esenciales
fijados en la Ley Orgánica del Poder Judicial,
en materia de selección, provisión, carrera,
formación, régimen disciplinario y retribuciones
de Secretarios, Jueces, Magistrados y Fiscales en la
Comunidad de Euskadi, teniendo en cuenta el carácter
preferente del conocimiento del derecho vasco y del
Euskera.
- La composición del Consejo
Judicial Vasco, será regulada por Ley del Parlamento
Vasco, con criterios de independencia y de composición
mixta.
- El Fiscal Jefe del Tribunal Superior
de Justicia de Euskadi será nombrado por el Consejo
Judicial Vasco. Una Ley del Parlamento Vasco regulará
el funcionamiento del Ministerio Fiscal en el ámbito
de la Comunidad de Euskadi, atribuyéndole la
defensa de la legalidad en su conjunto.
- En relación con la administración
de Justicia, la Comunidad de Euskadi ejercerá
todas las facultades ejecutivas, en aplicación
de los mismos principios procesales que rigen en el
Estado, estableciéndose un marco de cooperación
con el Ministerio español de Justicia para garantizar
la coordinación en el ámbito estatal y
europeo.
- Los cuerpos de los funcionarios del
personal al servicio de la Administración de
Justicia serán regulados por Ley del Parlamento
Vasco.
- La Ertzaintza actuará como
Policía Judicial al servicio del Poder Judicial.
En definitiva, no discutimos la unidad
jurisdiccional, ni tampoco la figura del Tribunal Supremo,
a quien le corresponderá conocer de la unificación
de doctrina y de los conflictos de jurisdicción
entre los órganos judiciales de la Comunidad
de Euskadi y los del Estado.
Hacemos este planteamiento, siendo conscientes
de que lo que proponemos supone cambios en las leyes
orgánicas relativas al Poder Judicial. Ahora
bien, nadie podrá invocar que proponer cambios
en las leyes orgánicas es inconstitucional o
contrario a la estructura sustancial de un Estado democrático,
porque sería faltar a la verdad. Es más,
muchas de las medidas propuestas han estado, de alguna
forma, barajadas en los estudios del propio Consejo
General del Poder Judicial, para mejorar el servicio
público de la Justicia en el Estado.
Garantizar nuestra identidad y
Profundizar en nuestro Autogobierno (Bases 5, 6, 7 y
8).
Voy a dar un tratamiento común
a las cuatro bases que constituyen el núcleo
fundamental del ejercicio del Poder Público en
la Comunidad de Euskadi. En estas bases se recogen aquellos
aspectos más directamente relacionados con la
institucionalización interna, nuestra identidad
propia y con la profundización de nuestro autogobierno.
En definitiva, con el bienestar de nuestra sociedad.
Aspiramos a tener más competencias
que las actuales, porque interpretamos que así
lo desea la mayoría de la sociedad vasca. Pero
aspiramos a tener, no sólo más cantidad,
sino, sobre todo, más calidad en nuestro autogobierno.
Deseamos que la capacidad de las Instituciones
Vascas para establecer la ordenación política,
económica, infraestructural, cultural, laboral
y social, no sea una mera declaración nominal
sujeta a los avatares de interpretación unilateral
por parte del Estado, sino una verdadera realidad objetiva.
Para ello, vamos a proceder a proponer
en el nuevo Estatuto político una definición
clara de qué políticas y competencias
ejerce en exclusividad el Estado en Euskadi. Qué
políticas y competencias ejercen las Instituciones
vascas en régimen de exclusividad y qué
políticas y competencias exclusivas de las Instituciones
vascas tienen un régimen específico de
colaboración. Todo ello, de conformidad con un
espíritu de respeto mutuo, en aras a evitar la
duplicidad de funciones y mejorar en consecuencia, la
eficacia en la gestión y prestación de
los servicios públicos a los ciudadanos y ciudadanas
vascas.
Que nadie pretenda presentar nuestro
planteamiento como un intento de fijar unilateralmente
una distribución de competencias. Presentamos
una propuesta que, en todo caso, deberá ser debatida
en el seno de esta Cámara, posteriormente aprobada
por la mayoría absoluta del Parlamento Vasco,
negociada, a continuación, con el Estado y ratificada,
en último término, por la sociedad vasca.
De conformidad con este planteamiento,
se propone la distribución del ejercicio del
poder público entre el Estado y las Instituciones
Vascas en los siguientes términos:
I.- Políticas Públicas
exclusivas del Estado en el ámbito de la Comunidad
de Euskadi
I. 1.- En el ámbito de la
Comunidad de Euskadi quedan reservadas al Estado, con
carácter exclusivo, las siguientes políticas
y materias:
- Nacionalidad española, extranjería
y derecho de asilo, sin perjuicio del carácter
compartido de las políticas de emigración
e inmigración, en función de su incidencia
en las políticas sociales de La Comunidad de
Euskadi.
- Defensa y fuerzas armadas.
- Régimen de producción,
comercio, tenencia y uso de armas y explosivos.
- Sistema monetario.
- Régimen aduanero y arancelario.
- Marina mercante, abanderamiento de
buques y matriculación de aeronaves, control
del espacio aéreo.
- Relaciones internacionales, sin perjuicio
de las actuaciones con repercusión exterior que
se reconocen a la Comunidad de Euskadi en este Estatuto.
I. 2.- Asimismo, en el ámbito
de la Comunidad de Euskadi, al Estado le corresponde
dictar la legislación común en los ámbitos
que a continuación se señalan, sin perjuicio
de la capacidad de las Instituciones vascas para el
desarrollo y adaptación de esta legislación
a su derecho sustantivo, así como para el ejercicio
de las potestades de ejecución.
- Legislación penal, penitenciaria
y procesal, sin perjuicio de las particularidades del
derecho sustantivo vasco.
- Legislación mercantil, sin
perjuicio del desarrollo de las bases de las obligaciones
contractuales de carácter mercantil, así
como de las bases de los contratos y concesiones administrativas.
- Legislación civil, sin perjuicio
del derecho privado civil foral o propio de Euskadi.
- Legislación de propiedad intelectual
e industrial.
- Pesas y medidas, contraste de metales
y determinación de la hora oficial.
La Comunidad de Euskadi contribuirá
a las cargas generales correspondientes a las políticas
exclusivas del Estado en su ámbito territorial,
mediante la aportación de un cupo global en el
marco del Concierto Económico.
II.- Políticas Públicas
exclusivas de las Instituciones Vascas
Las políticas públicas
no reservadas expresamente al Estado en el nuevo Estatuto
Político serán competencia de las Instituciones
Vascas.
Así, a la Comunidad de Euskadi
le corresponderán, con carácter de exclusividad,
todas las materias y competencias referentes a las siguientes
políticas públicas exclusivas:
- Políticas de autoorganización
y de institucionalización interna.
- Políticas educativas y culturales.
- Política lingüística.
El Euskera.
- Hacienda y Patrimonio. Política
fiscal, financiera y tributaria.
- Políticas de ordenación
territorial, vivienda y medio ambiente.
- Políticas de recursos naturales,
infraestructuras y transportes.
- Políticas de ordenación
de la actividad económica.
- Políticas sectoriales económico-financieras.
- Políticas sociales y sanitarias.
En relación con las Potestades
legislativas, a la Comunidad de Euskadi le corresponderán
las siguientes atribuciones:
- En las políticas públicas
de carácter exclusivo, la Comunidad de Euskadi
dispondrá de la plena titularidad de las potestades
normativa, legislativa y reglamentaria o de desarrollo.
El derecho emanado de las Instituciones vascas será
el único aplicable en la Comunidad de Euskadi,
sin perjuicio, cuando proceda, de la aplicación
directa del derecho europeo.
- Asimismo, corresponde a las Instituciones
vascas, en sus políticas de carácter exclusivo,
la transposición al propio ordenamiento jurídico
de las disposiciones de la Unión Europea que
lo requieran sin perjuicio, en su caso, de su aplicación
directa.
- El Estado no podrá reservarse
la regulación por leyes orgánicas de competencias
y políticas públicas atribuidas a la Comunidad
de Euskadi con carácter exclusivo.
- La Comunidad de Euskadi ejercerá
la potestad legislativa en todas aquellas políticas
públicas y ámbitos no atribuidos expresamente
al Estado.
En relación con las Potestades
ejecutivas:
- A las Instituciones Vascas les corresponden
las potestades de ejecución de todas las leyes
y políticas públicas en su ámbito
territorial en régimen de administración
única, con excepción de las políticas
públicas reservadas al Estado con carácter
exclusivo en el ámbito de la Comunidad de Euskadi.
- La potestad de ejecución de
las Instituciones vascas comprenderá la capacidad
de dictar reglamentos de desarrollo, ejecutivos, y de
organización de las leyes, así como la
gestión y administración de los servicios,
incluida la función inspectora y revisora.
- Sólo serán aplicables
en el ámbito territorial de la Comunidad de Euskadi
las normas reglamentarias e instrucciones dictadas las
Instituciones vascas.
- En el supuesto de que el ejercicio
de las competencias propias por parte de las Instituciones
Vascas pudiese afectar a otras Comunidades externas,
se arbitrarán los convenios de cooperación
y colaboración correspondientes con aquellas.
- Las Instituciones vascas podrán
designar representantes en los organismos administrativos,
instituciones financieras y empresas públicas
españolas, cuya actuación incida en las
competencias o intereses de la Comunidad de Euskadi.
III.- Políticas Públicas
de régimen específico
Por último, se contempla una
regulación específica para tres políticas
públicas exclusivas de las Instituciones vascas
que, por sus propias características, exigen
un régimen especial de colaboración con
el Estado.
La Política de Seguridad Pública:
De conformidad con la cual, se atribuyen
a las Instituciones Vascas las funciones gubernativas
y de seguridad para la protección de personas
y bienes, así como el régimen de su propia
policía o Ertzaintza.
Asimismo, se reconoce la función
pública que, en el ámbito de la Comunidad
de Euskadi, deben desempeñar las fuerzas y cuerpos
de seguridad del Estado, en tanto que les corresponde
prestar los servicios públicos de seguridad asociados
a las políticas públicas que tiene atribuidas
el Estado con carácter exclusivo en la Comunidad
de Euskadi. A los efectos de garantizar la coordinación
entre ambos cuerpos y fuerzas de seguridad en aquellos
delitos que afecten tanto a la Comunidad de Euskadi
como al Estado, se establece una Junta de Seguridad
de carácter mixto.
Las políticas sociolaborales:
A la Comunidad de Euskadi le corresponde
la potestad legislativa, y las potestades de ejecución
en materia laboral, de empleo, de formación y
de prevención de riesgos laborales.
La Comunidad de Euskadi ejercerá
sus competencias exclusivas en materia sociolaboral
atendiendo a los derechos y las obligaciones esenciales
de trabajadores y empresarios recogidos en la normativa
estatal y europea.
Asimismo, se establecerán instrumentos
de cooperación con el Estado y con la Unión
Europea para el ejercicio de las citadas competencias
por parte de la Comunidad de Euskadi.
Sobre la base de estos instrumentos
de cooperación y colaboración, las Instituciones
vascas podrán determinar la representatividad
de las organizaciones organismos sindicales y empresariales,
atendiendo a estrictos criterios de representación
democrática. Asimismo, las Instituciones vascas
determinarán el régimen y la eficacia
de la negociación colectiva, desde el respeto
a la voluntad pactada entre las organizaciones sindicales
y empresariales.
Las políticas de protección
social:
Se contempla la potestad de las Instituciones
Vascas para desarrollar la legislación del Estado
en materia de previsión social y de seguridad
social, así como la gestión propia del
sistema público de seguridad social. A estos
efectos, la Comunidad de Euskadi dispondrá de
sus propios presupuestos de Seguridad Social, que incluirán
la recaudación de las cotizaciones sociales.
Se garantiza, en todo caso, la consolidación
de un sistema público que asegure la asistencia
y las prestaciones sociales suficientes a todos los
ciudadanos y ciudadanas vascas, atendiendo a los principios
de no discriminación y solidaridad con el resto
del Estado.
Asimismo, quedará garantizado
el principio de unidad de los recursos financieros del
conjunto del sistema, mediante la fórmula del
Concierto Económico, a través del cual
se regularán los flujos económicos, los
mecanismos de inspección y las garantías
y obligaciones de solidaridad con el conjunto del sistema
de Seguridad Social.
Euskadi en Europa y en el mundo
con voz propia. (Base 9).
El Pueblo Vasco forma parte de Europa
desde sus orígenes, y la Unión Europea
se configura hoy como el espacio en el que debe incardinarse
nuestra propia personalidad y nuestro marco de relaciones
internas y externas.
La Comunidad de Euskadi, como parte
integrante del Pueblo Vasco, tiene derecho a participar
con voz propia en Europa y a desarrollar las relaciones
sociales, económicas, políticas y culturales
en el ámbito internacional que sean precisas
para la defensa de su autogobierno y como proyección
de su identidad en el mundo.
Los vascos nos sentimos partícipes
y solidarios con el entorno estatal, europeo e internacional.
No somos un pueblo aislado, nunca lo hemos sido. Somos
un pueblo abierto y solidario. Vivimos en un mundo globalizado
e interrelacionado, en el cual, los problemas de los
demás son también nuestros problemas,
y los problemas que nos afectan a nosotros, también
afectan a los demás pueblos y naciones del mundo.
En consonancia con estas consideraciones,
la regulación articulada de esta base contempla
los siguientes aspectos y contenidos:
Las relaciones con la diáspora:
El nuevo Estatuto Político Vasco
reconoce como ciudadanos y ciudadanas vascas, con todos
los derechos inherentes a esta condición, incluída
la nacionalidad vasca, a todas las personas residentes
en el extranjero que hayan tenido su última vecindad
administrativa en la Comunidad de Euskadi. Asimismo,
se contempla el compromiso de las Instituciones Vascas
para impulsar los vínculos sociales, económicos
y culturales con los miembros de las Comunidades Vascas
en el exterior.
Las relaciones con la Unión
Europea:
Se contempla el reconocimiento y respeto
del nuevo Estatuto Político Vasco en el ámbito
europeo, como marco de relación pactado entre
la Comunidad de Euskadi y el Estado español.
Asimismo, se recoge la capacidad de que la Comunidad
de Euskadi pueda defender directamente sus intereses
y competencias ante los órganos de la Unión
Europea que corresponda, de conformidad con la normativa
comunitaria. Además, los representantes de las
Instituciones vascas formarán parte de las delegaciones
del Estado en el Consejo de Ministros de la Unión
Europea en los temas que afecten a políticas
exclusivas de la Comunidad de Euskadi, y las Instituciones
vascas tendrán garantizado, por parte del Estado,
la capacidad de acceder al Tribunal Europeo de Justicia.
Por último, la Comunidad de Euskadi
constituirá una circunscripción electoral
única para las elecciones al Parlamento Europeo.
Las relaciones con el exterior:
Se reconoce el carácter oficial
de las delegaciones y oficinas de representación
de la Comunidad de Euskadi en el exterior.
Se posibilita a las Instituciones vascas
la suscripción de acuerdos, convenios y protocolos
con instituciones y organismos internacionales en defensa
de los intereses de la ciudadanía vasca. Asimismo,
la Comunidad de Euskadi podrá tener presencia
directa en los organismos internacionales que permitan
en su seno la existencia de naciones sin estado.
En relación con la firma de tratados
y convenios internacionales, cuya potestad se le reconoce
al Estado, la Comunidad de Euskadi deberá prestar
su autorización previa cuando dichos Tratados
supongan una alteración o restricción
unilateral de las competencias recogidas en el nuevo
Estatuto Político.
La solidaridad y la cooperación
al desarrollo:
Las Instituciones vascas podrán
desarrollar una política propia de solidaridad
y cooperación con los países en vías
de desarrollo.
Establecimiento de un sistema
bilateral de garantías con el Estado, que impida
la modificación unilateral del Pacto suscrito.
(Base 10).
En esta Propuesta no se habla de superioridades,
sino de respeto mutuo. Por ello, el modelo de garantías
propuesto se sustenta en los principios básicos
de un régimen de relación bilateral, como
técnica aconsejada por muchos constitucionalistas
para articular hechos políticos diferenciales
en la estructura organizativa de un estado plurinacional.
Este, y no otro, es el remedio para la convivencia que
históricamente ha caracterizado el régimen
foral vasco en relación con el Estado español.
De esta forma, se articula un sistema
bilateral de garantías desde el reconocimiento
de la estructura política del Estado y desde
el respeto al hecho político diferencial vasco,
que establece un procedimiento claro de modificación
y renovación del Pacto alcanzado.
Las medidas e iniciativas propuestas
para establecer un sistema de garantías eficaz
del pacto suscrito son, principalmente, las siguientes:
- El establecimiento de una Comisión
Euskadi-Estado como un foro de diálogo político
bilateral para la prevención de conflictos y
para la armonización de políticas públicas,
especialmente en aquellos asuntos que exijan una colaboración
específica, como las relaciones exteriores.
- Una adaptación del Tribunal
Constitucional, mediante la constitución de una
sala específica que conozca de los conflictos
en los que sean parte las Instituciones vascas. Los
miembros de esta Sala específica serán
designados de forma paritaria por el Tribunal Constitucional
y por el Parlamento Vasco, y nombrados por el Rey.
- El compromiso de no aplicación
por parte del Estado medidas coercitivas o que supongan
la suspensión unilateral de políticas
o disposiciones normativas dictadas por las Instituciones
vascas en el ejercicio de las competencias atribuidas
en el nuevo Estatuto Político.
- Un nuevo procedimiento de modificación
y actualización del Estatuto Político,
más claro y abierto a la negociación.
El procedimiento contempla, en primer lugar, la aprobación
inicial de la propuesta de modificación por mayoría
absoluta del Parlamento Vasco, la apertura de un proceso
de negociación con el Estado, la aprobación
posterior de las Cortes Generales y del Parlamento Vasco
y la ratificación definitiva de la sociedad vasca
en referéndum.
Si el proceso de negociación
previsto con el Estado se frustrara y no se alcanzase
un acuerdo sobre la propuesta aprobada por la mayoría
absoluta del Parlamento Vasco, se podrá someter
la misma a la consulta de la sociedad vasca mediante
referéndum. En caso de que la misma sea ratificada,
será necesario iniciar un nuevo proceso de negociación
con el Estado para incorporar la voluntad democrática
de la sociedad vasca al ordenamiento jurídico.
______________________________
Desde el reconocimiento de nuestra identidad
propia y la voluntad democrática de autogobierno
de la sociedad vasca, he presentado con claridad ante
esta Cámara los aspectos básicos del nuevo
Estatuto Político Vasco, que aprobará
el Gobierno Vasco el próximo 25 de octubre.
En esta propuesta no se habla de superioridades,
sino de equilibrio y de respeto mutuo. No se habla de
privilegios, sino de derechos y obligaciones. No se
habla de rupturas, sino de convivencia. No se habla
de impedimentos jurídicos, sino de voluntad política.
No se niega la capacidad de otros Pueblos de España
para establecer su propio modelo de relación
dentro de un estado plurinacional, sino que se respeta
la voluntad de los mismos.
No se impide el desarrollo de un nuevo
modelo de estado conjunto, basado en el federalismo
de libre adhesión, sino que se abre el camino
para configurar el Estado del siglo XXI.
Es una propuesta abierta al diálogo,
al debate y a la negociación.
La sociedad vasca no está dispuesta
a seguir recibiendo impunemente insultos, amenazas y
"bofetadas", por el simple hecho de que su
Gobierno, en el ejercicio de la legitimidad, social,
jurídica, institucional y política que
ostenta, presente una propuesta para la convivencia.
Demando, en nombre de la sociedad vasca, respeto y consideración.
Si no somos capaces de afrontar un debate legítimo
y normalizado, corremos el riesgo de que anide en una
amplia mayoría de la sociedad vasca el desinterés
de pactar un modelo de convivencia con el Estado español.
¿Cree alguien sinceramente que en el siglo XXI
un estado moderno se puede construir por imposición
y en contra de la voluntad mayoritaria de los Pueblos
que lo conforman?
Yo, sinceramente, creo que no, por estamos
condenados a entendernos, si deseamos que el proyecto
compartido sea fruto de una relación deseada
y no de una relación impuesta.
Apartado III. Un camino abierto al
debate parlamentario y a la aportación política
y social
Hemos cubierto la primera etapa del
camino. Estamos ante una propuesta que va a marcar el
futuro de toda una generación y que constituye
una aportación fundamental para la normalización
política vasca y para articular nuestra convivencia
con España. Somos consciente de que no es toda
la solución, pero estamos convencidos de que
contiene una parte fundamental de la solución
que, entre todos, seamos capaces de alcanzar al final.
En la vida, hay cosas urgentes y cosas
importantes. El debate que proponemos abrir en relación
con nuestro modelo de convivencia futuro es una de las
"cosas importantes".
No es tiempo, por tanto, de precipitaciones.
Es tiempo de que todos incorporemos al debate nuestras
propias visiones y proyectos legítimos.
Desde el Gobierno aportamos una propuesta
sensata. Por ello, queremos reivindicar un debate sensato,
abierto, flexible y, sobre todo, democrático.
Nadie debe autoexcluirse de este debate y nadie puede
temer a sus resultados, porque, en todo caso, deberán
ser los propios ciudadanos y ciudadanas vascas, los
que, en un escenario de ausencia de violencia y sin
exclusiones, validen con su voto en referéndum
las conclusiones del mismo. Quien teme a la voluntad
de la sociedad vasca, quien amenaza con impedir que
la sociedad vasca pueda decidir libre y democráticamente
su propio futuro, confia muy poco en sus propios argumentos.
Por eso, como Lehendakari, quisiera
invitar a la sociedad vasca y a todos los partidos políticos
que representan las diferentes sensibilidades que conviven
en ella, a participar activamente en el debate sobre
nuestro futuro.
Un debate sereno, en el
que se planteen de forma sensata y razonable los argumentos
y las propuestas. Desde el respeto y la educación.
Sobran las amenazas, sobran los insultos y sobran las
descalificaciones. Hay que dejar de gritar para poder
empezar a hablar.
Un debate abierto, del
que nadie debe considerarse excluido, porque todos representamos
una parte de la solución. No nos debe preocupar
que cada partido político realice sus legítimas
aportaciones. El objetivo es alcanzar un consenso que
represente la síntesis razonable de las distintas
visiones que representan a la pluralidad de la sociedad
vasca.
Además, deseo reivindicar un
debate abierto a toda la sociedad vasca y a sus agentes
económicos y sociales. La sociedad vasca es la
protagonista de su propio futuro. Por tanto, debemos
abrir cuantos cauces sean precisos para facilitar su
participación en el diseño de un nuevo
modelo de convivencia.
Un debate flexible, sin
precipitaciones, sin nerviosismos. Profundicemos
primero en el estudio y análisis sosegado de
las propuestas. Conozcamos las razones y los argumentos
del otro, para exponer a continuación los nuestros.
No hay soluciones mágicas al final del camino,
el camino es la solución.
Un debate democrático,
esta es la base y la cúpula fundamental del proceso.
Sin imposiciones y sin chantajes. Nadie podrá
evitar que cada uno de nosotros, cada ciudadano y ciudadana
vasca, tenga en su mano la llave de su propio futuro.
Esta es la grandeza de la democracia.
Porque si de algo estoy absolutamente
convencido es de que la sociedad vasca será lo
que quiera ser en el futuro, y nada ni nadie se lo va
a impedir.
Desde estas premisas, el planteamiento
que quiero hacer partícipe a la sociedad vasca
y a los grupos parlamentarios presentes en esta Cámara
es continuar cubriendo nuevas etapas en este camino
hasta culminar en un proyecto que obtenga el respaldo
mayoritario de la sociedad vasca. No tenemos nada que
ocultar, al contrario, considero que es un derecho de
la ciudadanía vasca el conocer cuáles
pueden ser los siguientes pasos de este proceso;
1º Texto articulado del Nuevo
Estatuto Político Vasco
Como ya he anunciado, es intención
del Gobierno proceder a la redacción en el mes
de octubre del texto articulado del nuevo Estatuto Político
Vasco, conforme a los contenidos que he trasladado en
el apartado anterior. El nuevo Estatuto será
aprobado el próximo 25 de octubre en una sesión
extraordinaria del Consejo de Gobierno, y remitido al
Parlamento Vasco como Proyecto de Ley de reforma del
Estatuto de Gernika.
2º Estudio y Debate parlamentario
El procedimiento que se articule para
la tramitación parlamentaria de este Proyecto,
es algo que única y exclusivamente le corresponde
decidir a los órganos competentes de esta Cámara.
El Gobierno evidentemente asumirá las decisiones
que se adopten a este respecto.
No obstante, y desde el total respeto
a las atribuciones del Parlamento para decidir el procedimiento
de debate que estime oportuno, desde el Gobierno y como
Lehendakari, sinceramente creo que deberíamos
tener en cuenta que no estamos ante un proyecto de Ley
ordinario, como la Ley de Carreteras, por ejemplo.
Estamos ante el planteamiento de un
nuevo modelo de convivencia para una nueva generación.
Entiendo que esta propuesta exige, por tanto, un debate
sereno y sensato. Un proceso de estudio y análisis
sosegado, sin precipitaciones y abierto a la participación
de los agentes económicos y sociales, que diera
paso a la presentación de las aportaciones y
enmiendas oportunas para proceder a su debate y votación,
de conformidad con lo previsto en el artículo
46 del Estatuto de Gernika. A este respecto, como Gobierno,
nos gustaría someter a la consideración
del Parlamento la posibilidad de que este trámite
de debate y votación se realizase al comienzo
del curso parlamentario del próximo año,
en septiembre de 2004.
3º Negociación con el
Gobierno español y remisión a las Cortes
Generales
Una vez superado el trámite anterior,
y de forma simultánea con la remisión
del proyecto aprobado a las Cortes Generales del Estado,
abriríamos un proceso de negociación con
el Gobierno español, que debería culminar
en un tiempo no superior a seis meses.
4º Ratificación en referéndum
por la sociedad vasca
Agotados los trámites anteriores,
se procederá a la ratificación definitiva
en referéndum, por parte de la sociedad vasca,
del Pacto Político alcanzado con el Estado o,
en su caso, del proyecto aprobado por mayoría
absoluta del Parlamento vasco, en un escenario de ausencia
de violencia y sin exclusiones.
________________________________
Una reflexión final: Negar
el diálogo es negar la solución:
Mi reflexión final está
dirigida en términos de respeto a todos los grupos
parlamentarios presentes en esta Cámara. Abramos
definitivamente la puerta del diálogo. Todos
tenemos una parte de la solución y sólo
el diálogo nos permitirá encontrar una
solución entre todos.
Recientemente hemos tenido la oportunidad
de conocer, a través de los medios de comunicación,
una propuesta del Partido Socialista denominada "Más
Estatuto" cuyos extremos, estimo, serán
explicitados en el debate de esta tarde. En cualquier
caso, deseo saludar con respeto esta iniciativa del
Partido Socialista como aportación al diálogo.
Me parece legítimo presentar
una propuesta propia que pueda ser defendida en el proceso
de debate sobre nuestro modelo de convivencia futuro.
Sólo pido al Partido Socialista el mismo respeto
y consideración hacia la Propuesta que yo estoy
proponiendo en nombre del Gobierno.
En relación con el Partido Popular,
también acepto y respeto cualquier planteamiento
que deseen aportar, porque les considero totalmente
legitimados para ello. Pero, por favor, sólo
les pido que sean coherentes.
Si lo que pretenden es cercenar nuestro
autogobierno, que no lo hagan por la "puerta de
atrás", con leyes básicas y reglamentos
que lo hacen irreconocible. Lo que deben hacer es plantear
con claridad una modificación del Estatuto de
Gernika, que proponga la devolución a la Administración
Central de las competencias exclusivas recogidas en
el mismo. Tanto su grupo parlamentario como las propias
Cortes Generales, en las que tienen mayoría absoluta,
están legitimados para presentar una propuesta
de estas características al Parlamento Vasco.
Si la propuesta resulta aprobada por la mayoría
absoluta de esta Cámara y es ratificada por referéndum
por la sociedad vasca, todos aceptaremos con naturalidad
esta voluntad de la sociedad vasca.
En cuanto al Grupo Parlamentario Sozialista
Abertzaleak, también les pido que no se queden
en el recurso fácil y demagógico del NO.
Que sean valientes y presenten su propia alternativa,
tienen la legitimidad de los 143.139 ciudadanas y ciudadanos
vascos que les otorgaron la representación que
ostentan en esta Cámara. Ni uno más, ni
uno menos. La Propuesta que presenta el Gobierno es
una Propuesta Institucional que responde a la facultad
de iniciativa que nos atribuye el Estatuto.
Evidentemente, los tres Partidos que
integran el Gobierno tienen sus propios proyectos políticos,
pero, más allá de las legítimas
aportaciones que cada uno pueda realizar en el debate
parlamentario correspondiente, los tres Partidos que
conformamos el Gobierno hemos hecho un esfuerzo para
consensuar como punto de partida la Propuesta de un
Nuevo Estatuto de Libre Asociación, basado
en tres principios esenciales:
- El respeto a los Derechos Humanos
y Libertades de todas las personas.
- El diálogo y las vías
políticas y democráticas, como instrumentos
para la resolución de conflictos
- El respeto al derecho del Pueblo Vasco
para decidir su propio futuro.
El próximo 25 de octubre,
el Gobierno se ha compromido a trasladar a este Parlamento
un punto de partida para la solución. El punto
de llegada será el que seamos capaces de encontrar
entre todos.
Tenemos por delante un tiempo precioso.
No lo desaprovechemos negando el diálogo.
Deseo finalizar reiterando mi invitación
formal a todos losg grupos parlamentarios representados
en esta Cámara para que abordemos juntos la solución
a los problemas de convivencia que sufre nuestra sociedad.
Nosotros, como Gobierno, aportamos
una parte de la solución, no toda la solución.
El resto debe ser fruto del esfuerzo y las aportaciones
de todos.
Es tiempo de diálogo. Es tiempo
de respeto. Es tiempo de aportar soluciones.
Eskerrik asko.
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